Conoce los últimos movimientos del caso de US Litigation PDVSA Trust que cursa en una corte de Apelaciones de EE. UU.

Por Maibort Petit
@maibortpetit


La acción civil que inicialmente fue interpuesta en la Corte del Distrito Sur de la Florida por el fondo de fideicomiso denominado Pdvsa US Litigation Trust contra 44 acusados —entre los cuales se encuentran grandes trasnacionales del petróleo como Glencore, Trafigura, Lukoil y Vitol Energy y otras 15 personas— se encuentra en discusión en la Corte de Apelaciones para el undécimo circuito de los Estados Unidos. En las últimas mociones, los demandantes buscan cambiar el fallo del juez de primer circuito, Darrin P. Gayles quien luego de analizar los argumentos de las partes, decidió desestimar en caso. Los demandados luchan a toda costa para que el panel de apelaciones ratifique la orden del magistrado de Miami, pero los demandantes (ahora apelantes) buscan a toda cosa que el caso sea revertido y que vuelva a los tribunales.

El junio de 2019, el escritorio jurídico Boies, Schiller & Flexner LLC consignó un recurso de apelación en la corte de apelaciones de Atlanta. El último documento del expediente, que corresponde a la respuesta a las mociones de los demandados por parte del US Litigation PDVSA Trust para que el caso sea reabierto en el tribunal de distrito fue entregado a la corte el 9 de agosto de 2019.


Los individuos y empresas que han intervenido en el caso


Esta historia cuenta con varios personajes que requieren investigación por separado. Primero, aparecen los que se otorgan el poder de litigar supuestamente a nombre de PDVSA, que son los bufetes Boies Schiller Flexner LLP y Meister Seelig & Fein LLP, (David Bois, Richard J. Cooper, Boaz S. Morag, George Carpinello, entre otros), Vincent Andrew de Private Capital Advisors, Inc., Edward P. Swyer de The Swyer Companies de Albany, Nueva York, la ex esposa de Francisco Morillo, Vanessa Acosta Friedman,  el empresario chavista, Wilmer Ruperti y otros. 

Por los demandados: Francisco Morillo, Leonardo Baquero (principales) más las empresas: Lukoil Pan American LLC, Lukoil Petroleum LTD, Colonial  Oil Industries, Colonial Group INC, Glencore LTD, Glencore International A.G, Glencore Energy U.K,  Masefiel A.G,  Trafigura A.G, Trafigura Trading LLC, Trafigura Beheer B.V,  Vitol Energy (Bermuda), Vitol S.A, Vitol INC. Y, los ejecutivos de las empresas acusadas: Andrew Summers, Maximiliano Poveda, José La Rocca (Trafigura Trading), Luis Álvarez, Gustavo Gabaldón, Sergio de la Vega (Glencore), Antonio Maarraoui (Vitol), Paul Rosado (Colonial Group), María Fernanda Rodríguez, Campo Elias Páez  entre otros.


Los que representan a Nicolás Maduro: Reinaldo Muñoz Pedroza, Alexis Arellano Bolívar, Miguel Bolívar, Nelson Martínez (fallecido),  Henry Rodríguez Facchinetti y el sustituto de Arellano en PDVSA, Manuel Alejandro Rojas Marchena. Asimismo, el actual presidente de PDVSA, Manuel Quevedo y la asesora legal de la petrolera, Hilda Cabezas, ya que ambos funcionarios fueron pautados ante el tribunal para comparecer en deposiciones y a la final no lo hicieron.


En este caso testificaron como expertos a favor de US Litigation PDVSA Trust el profesor Rogelio Pérez Perdomo, George Carpinello (abogado de Bois) y Ruth Brayer, experta en escritura de mano.


A favor de  los acusados, participaron el actual Procurador designado por el presidente de la Asamblea Nacional, y reconocido como presidente interino por más de 55 países, Juan Guaidó, José Ignacio Hernández y el profesor Rafael Badell Madrid. Ambos en calidad de expertos.


Las complejidades de la acción legal


La querella, que atravesó un complejo proceso caracterizado por obstáculos, mociones y argumentos contradictorios buscaba que los administradores del fondo de fideicomiso, controlado por al firma de abogados Boies, Schiller & Flexner LLC, lograra una compensación por más de 10 mil millones de dólares calculada por la suma aproximada de los montos negociados durante la conspiración demandada.




La demanda civil del Fideicomiso se introdujo el 5 de marzo de 2018 en la corte federal de Miami. Desde el inicio del caso, se plantearon dudas con relación a la legitimidad de la naturaleza del ente demandante y la posibilidad real de que el mismo tuviese un mandato legítimo que le permitiese entablar reclamaciones en los tribunales en nombre de la estatal petrolera PDVSA. Este argumento fue una de las bases centrales del fallo que al final del proceso emitió el juez de distrito Darrin P. Gayles, y que generó un recurso de apelación por parte de US Litigation PDVSA Trust, el cual cursa en el tribunal de Apelaciones en estos momentos y en el que se basa parte de esta nota periodística.

El juez Gayles desestimó el caso argumentando, entre otros aspectos, la falta de legitimidad del demandante PDVSA U.S. Litigation Trust. El magistrado sostuvo que el demandante no pudo  probar el hecho y la validez de la supuesta asignación hecha por Petróleos de Venezuela al fondo de fideicomiso.


US Litigation PDVSA Trust se creó bajo lo establecido en las leyes de Nueva York, supuestamente por Petróleos de Venezuela con el propósito expreso de litigar aquellas reclamaciones a las que haya lugar. Los acusados sostuvieron que dicha asignación viola la prohibición establecida en la ley Champerty (modelo de poder cuota litis) de Nueva York.


Señala que la decisión de desestimación del caso se basó en los siguientes motivos: 


1) El supuesto acuerdo de confianza, regido por la ley de Nueva York, no fue reconocido por la persona que  el fideicomiso establece como firmantes del documento a través de un certificado notarial de acuse de recibo, según lo requiere la Ley de Nueva York; 


2)Los supuestos reclamos asignados no fueron suficientemente identificados para permitir que el título de la propiedad pase al administrador, como lo requiere la ley de Nueva York; y 


3) Una decisión judicial de legitimación resultaría en una interferencia inadmisible del poder judicial de los Estados Unidos en asuntos delicados de diplomacia extranjera, reservado para el ejecutivo. 


Puntualizaciones del fallo del juez en relación a la demanda inicial

Los demandantes sostienen que U.S. Litigation PDVSA Trust se creó bajo la ley de Nueva York en 2017 a instancias del bufete de abogados Boies Schiller (junto con un financiador de litigios y un investigador privado) para perseguir  una compensación de “miles de millones de dólares” de reclamos contra los acusados por su presunta participación en una trama de corrupción contra Petróleos de Venezuela S.A., PDVSA, el gigante petrolero venezolano propiedad del Estado. 




La demanda inicial describe un intrincado esquema de corrupción que se inició desde 2004 y que habría permitido a directivos de la estatal petrolera, así como a empresas dedicadas al comercio energético, obtener beneficios provenientes de una estafa a PDVSA por más de 14 años. La conspiración permitía a los acusados armar ofertas, pagar de menos en compras y cobrar de más por las ventas, lo que supuestamente habría resultado en pérdidas de miles de millones de dólares para PDVSA.



La acción legal acusa a dos consultores venezolanos —Francisco Morillo y Leonardo Baquero— quienes supuestamente sobornaron a directivos de Petróleos de Venezuela, S.A. en connivencia con corredores internacionales para, irregularmente, obtener beneficios provenientes de los contratos de venta y suministro de la estatal venezolana.

En el documento denominado Acuerdo del Fideicomiso dice que dicha figura fue creada “por PDVSA para su único beneficio, y en nombre de PDVSA”. Mediante el Contrato de Fideicomiso, PDVSA transfirió, asignó y entregó irrevocablemente todos sus derechos e intereses en los reclamos que surgen del presunto esquema de soborno a US Litigation PDVSA Trust. 

Entre las evidencias aparece una carta de compromiso firmada por  funcionarios de PDVSA, dos semanas antes de la creación del fideicomiso, para la constitución del mismo con un abogado estadounidense de los bufetes Boies Schiller Flexner LLP y Meister Seelig & Fein LLP para actuar como consejero del acuerdo.
Boies Schiller Flexner LLP, el financiador y el investigador  del fondo, controlan el litigio y confiaban que recibirían la gran mayoría (66%) de cualquier  suma lograda en la recuperación.

Uno de los argumentos resaltados por el juez de distrito Gayles es que aunque el apelante pretende tener autoridad para procesar litigios a nombre de PDVSA, “fue completamente incapaz de demostrar que tal poder para hacer las reclamaciones se le asignaron legalmente”. 

Explica que el entonces ministro venezolano del petróleo, Nelson Martínez, quien aparece como firmante del Acuerdo de Fideicomiso fue encarcelado y falleció, sin nunca haber dado su testimonio en la corte. El administrador designado por PDVSA, Alexis Arellano, quien también  supuestamente firmó el Acuerdo de confianza, desapareció y nunca testificó.


El documento señala que a pesar que la corte le otorgó al demandante-apelante repetidas extensiones para que produjera el descubrimiento (evidencias) no pudo producir ningún testigo o documento de PDVSA que demostrara que legalmente la petrolera venezolana le transmitió la autoridad para hacer los reclamos a su nombre a través del fideicomiso. 

El tribunal de Distrito en Miami, después de una audiencia probatoria ante el Juez, acordó que la asignación de PDVSA al Fondo de fideicomiso “es de autenticidad y legalidad cuestionables” y, por lo tanto concluyó, que el apelante carecía de legitimidad para perseguir los reclamos de PDVSA en Estados Unidos.




El tribunal de Distrito también sostuvo que el apelante carecía de legitimidad en relación a la supuesta asignación otorgada al fondo de Fideicomiso., que había sido diseñado por terceros (el financiador, investigador y abogados) con el único propósito de ejecutar el litigio. Gayles sostiene que dicho mandato está excluido de lo establecido en la ley antichamperty (cuota litis) de Nueva York que prohíbe la asignación de reclamos “con el intención y con el propósito principal de entablar una demanda ” (según el caso Justiniano Capital SPC v. WestLB AG.)




La evidencia de registro demostró que el propósito “primario” e indiscutible para la creación del Fideicomiso y la asignación de reclamos fue iniciar un litigio contra los más de 40 demandados, El magistrado señala que por ambas razones, así como por otras,  se prueba que está en juego el origen de la confianza del ente que interpuso la demanda.




Los acusados sostuvieron a lo largo del proceso que la demanda pretendía buscar daños “para PDVSA y las personas de Venezuela “, pero en realidad, la mayor parte de cualquier recuperación (66%) iría a partes que no tienen nada que ver con PDVSA o los venezolanos: (i) 22% a Boies Schiller & Flexner LLP; (ii) 22% a una firma de investigación privada encabezada por John Brennan; y (iii) 22% a Algamex Limited, con sede en Chipre, que es el financiador del litigio controlado por William Duker, (un ex abogado que fue inhabilitado y se declaró culpable de defraudar a los Estados Unidos. Para mayor detalles leer el caso Estados Unidos v. Duker, No. 97-cr-00822).  El juez reafirmó que fueron estas tres partes las que buscaron para crear el  US Litigation PDVSA Trust con el propósito expreso de perseguir este litigio.

Los intringulis según los documentos de la corte

En 2017, el investigador privado John Brennan (que estaba trabajando para Vanessa Acosta Friedman, la esposa del acusado, Francisco Morillo) se acercó a William Duker para consultarle el caso.  Brennan supuestamente descubrió información que podría ser  “una oportunidad” y solicitó la “opinión de Duker” sobre qué podría hacerse”. Duker, a su vez, se acercó al bufete Boies Schiller para que evaluara e hiciera la  demanda, presentada en marzo de 2018, en la cual se alega la existencia de una conspiración multinacional para “saquear” PDVSA, tal como se describió anteriormente.


En la moción interpuesta ante el tribunal de apelaciones, los acusados citan el fallo del juez de distrito, al señalar que en lugar de que PDVSA afirme sus propios reclamos, Boies Schiller, Algamex, y (supuestamente) ciertos funcionarios venezolanos buscaron crear un “fondo” para adquirir y litigar las reclamaciones de PDVSA. Según la propia admisión del demandante, el propósito de este acuerdo inusual era “aislar” el Litigio de la “influencia” en Venezuela, incluido el de los gobiernos posteriores”.

El propósito del fideicomiso -dicen en la cita-  es asegurar que este litigio se lleve a cabo sin ninguna interferencia del gobierno o los políticos de Venezuela, una vez que el proceso se iniciara.



El documento destaca que “aunque el Acuerdo de Fideicomiso pretende hacer en nombre de PDVSA los reclamos en los tribunales, a través de los cuales supuestamente buscan cobrar pagos de miles de millones de dólares, dicho acuerdo no fue aprobado por el Presidente de PDVSA o por su Junta Directiva. En cambio,  tanto el acuerdo de fideicomiso, como la transferencia de poder para los reclamos fueron supuestamente autorizados y aprobado únicamente por dos personas: Nelson Martínez (para entonce Ministro de Petróleo) y Reinaldo Muñoz Pedroza (Contralor del gobierno de Nicolás Maduro). Martínez supuestamente firmó en nombre de PDVSA pero al poco tiempo, el exministro fue encarcelado por cargos de corrupción y ejecución, sin autorización, de contratos en nombre de un afiliado de PDVSA. Muñoz, “se autodenominó Procurador General de Venezuela”, ya que la Asamblea Nacional de Venezuela, que Estados Unidos identifica como “la única rama legítima del gobierno debidamente elegida por el pueblo venezolano ”,  nunca lo reconoció como tal. 


El documento dice que el supuesto papel de Muñoz era proporcionar las aprobaciones legales necesarias. “A pesar de las numerosas solicitudes de los apelados para las declaraciones de Martínez y Muñoz, el apelante nunca los  presentó para testificar”. Los apelados solo pudieron deponer a David Boies y a William Duker con respecto a la formación ostensible de fondo,  ninguno de los cuales fue testigo de la firma del Acuerdo de Fideicomiso



El apelante también ofreció correos electrónicos de evidencia que supuestamente reflejan intercambios de borradores de los acuerdos de confianza con un supuesto representante del gobierno venezolano llamado Henry Rodríguez Facchinetti.  Pero Facchinetti no utilizó ninguna dirección de correo electrónico oficial del gobierno de Venezuela, “en su lugar, utilizó una dirección de correo electrónico personal @gmail.com”.  Ninguno de los intercambios de correo electrónico incluye a Martínez o Muñoz, sostuvo el juez en sus alegatos.

Los términos del acuerdo de confianza 


El documento que US Litigation PDVSA Trust supuestamente se formó y se rige por Ley de Nueva York y su  propósito declarado es “facilitar el enjuiciamiento” de los reclamos supuestamente transferidos por PDVSA. El Fideicomiso es administrado por tres Fideicomisarios y la mayoría de las decisiones “se tomarán por mayoría de votos”.  
Dos de Fideicomisarios fueron nombrados por firmas de Abogados de los Estados Unidos”, es decir, Boies Schiller otorgando a Boies Schiller y a su financiador e investigador un control práctico sobre el fondo. El tercer administrador, Alexis Arellano, fue nombrado por Nelson Martínez.  El acuerdo de fideicomiso supuestamente está firmado por los dos fideicomisarios designados por la firma de abogados, Arellano, Martínez y Muñoz. 


Sostienen que ninguna de esas firmas estuvo acompañada de una certificación o notarización contemporánea.  



Explica que el Acuerdo de Fideicomiso incorpora por referencia una “Carta de Compromiso” supuestamente firmada por Nelson Martínez. “De conformidad con el Contrato de Fideicomiso y la Carta de Compromiso, Boies Schiller, Algamex y el Grupo Brennan mantienen la recuperación completa después de pagar PDVSA 34% de la “suma bruta recuperada”.


La situación política de Venezuela 



La agitación política en Venezuela infecta todos los aspectos de este caso, sostuvo en juez en su decisión. “Apenas cinco días después de la fecha del Acuerdo de Fideicomiso, el Departamento de Estado de EE. UU. determinó que la legislatura paralela del presidente Nicolás Maduro, la Asamblea Nacional Constituyente, era “ilegítima”. En julio 2017, la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos para el Control de Activos Extranjeros también agregó Maduro a la lista de ciudadanos nacionales especialmente designados de la OFAC, dejando clara “su” oposición a las políticas del régimen de Maduro”. 
En cuestión de meses, Nelson Martínez estaba bajo la custodia del servicio de inteligencia venezolano (SEBIN). 


El 24 de abril de 2018, poco después que el litigio fue presentado en la Corte de Miami, la Asamblea Nacional venezolana elegida democráticamente y reconocida oficialmente por los EE. UU. denunció a US Litigation PDVSA Trust como inconstitucional y declaró que el supuesto firmante del acuerdo, es decir, el procurador que representaba al régimen de Maduro, Muñoz, fue nombrado ilegítimamente. 

En noviembre de 2018, el gobierno de Donald Trump promulgó nuevas sanciones contra Venezuela y designó a PDVSA como una entidad bloqueada en Estados Unidos.  Cuando el Tribunal de Distrito desestimó este caso, el presidente Trump había emitido órdenes que describían el régimen de Nicolás Maduro como “ilegítimo”, reconociendo a Juan Guaidó, como el Presidente interino de Venezuela. 

El presidente Trump también promulgó nuevas sanciones contra PDVSA debido a los “intentos continuos de Maduro de socavar la Asamblea Nacional y para prevenir  que Guaidó y la Asamblea Nacional por ejercieran autoridad legítima en Venezuela. 




Detalles para entender en caso



Tal como se informó antes, US Litigation PDVSA Trust presentó la acción legal el 3 de marzo de 2018,  alegando que que los acusados habían participado en una conspiración de gran alcance para, entre otras cosas, “fijar precios, ofertas de aparejos y eliminar la competencia” en el proceso de licitación de PDVSA y “saquear sistemáticamente PDVSA” mediante sobornos y corrompiendo a sus funcionarios.
El 2 de abril de 2018, El juez de Distrito (Miami) Darrin Gayles remitió el caso a la jueza magistrada, Alicia Otazo Reyes para que ejecutara todos los asuntos previos al juicio. Seguidamente, la Corte otorgó la solicitud, programó una audiencia probatoria y pospuso otros plazos de caso hasta que se resolvió la posición del apelante. 


El Tribunal estableció un calendario que permitía a cada uno de los  demandantes y acusados estableciendo cuatro declaraciones de hecho. Los demandados solicitaron a los signatarios del fondo, Martínez, Muñoz, Arellano y un representante de PDVSA, comparecer y autenticar las firmas de acuerdo a lo establecido por la Regla 30 (b) (6). 




La jueza Otazo-Reyes otorgó al demandante múltiples extensiones y aplazamientos para organizar las declaraciones de estos testigos críticos, pero nunca comparecieron. US Litigation PDVSA Trust afirmó que Nelson Martínez, quien supuestamente firmó el Acuerdo de Fideicomiso en nombre de PDVSA,  no podía comparecer porque fue arrestado y encarcelado en Venezuela. 

Los apelados solicitaron la deposición del sucesor de Martínez, es decir, del Ministro de Petróleo, Manuel Quevedo, pero éste se negó a aparecer. Asimismo solicitaron la deposición de Muñoz, y el demandante  prometió en múltiples ocasiones la comparecencia del supuesto Procurador General de Venezuela, como signatario de la Acuerdo, pero Muñoz canceló abruptamente su cita, tres días antes de que finalmente se programara, alegando que el presidente Maduro de repente, le prohibió salir del país. 


Esa cancelación de última hora resultó en la imposición de sanciones al demandante. 

Posteriormente, el demandante acordó la presencia de la Dra. Hilda Cabeza, Asesora Legal de PDVSA, para testificar sobre la autoridad de los signatarios del Acuerdo de Fideicomiso para establecer el Fideicomiso, ejecutarlo o transferir o asignar reclamos de PDVSA al Fideicomiso y sobre la delegación de autoridad, autorización o aprobación por parte de PDVSA, del gobierno venezolano o cualquier funcionario del gobierno venezolano sobre el Fideicomiso. Pero al igual que con Muñoz, el demandante canceló la declaración de Cabeza dos días antes de que se llevara a cabo, nuevamente por el supuesto motivo de que el presidente Nicolás Maduro le había impedido repentinamente al testigo de salir del país.  

Esa cancelación también resultó en sanciones monetarias a recurrente contra el demandante. 
Los demandantes tampoco pudieron presentar la testificación de Arellano, “el único administrador designado por PDVSA”, alegando  que Arellano estaba “desaparecido”.  Como alternativa, depusieron a Boies y Duker. Ambos reconocieron que no tenían conocimiento personal de la ejecución del Acuerdo de Fideicomiso. 
El Descubrimiento de hechos sobre la situación ocurrió el 11 de junio de 2018, tiempo en el cual el apelante no presentó testigos relevantes con conocimiento personal sobre la creación del fondo, el poder de los supuestos signatarios para transmitir los reclamos, o las circunstancias bajo las cuales el Acuerdo de Fideicomiso supuestamente fue firmado. PDVSA tampoco produjo ningún documento.
Los argumentos del demandante con respecto a las restricciones de viaje de los testigos fueron consideradas como falsas: Muñoz y Cabeza viajaron fuera de Venezuela después de que el demandante argumentara que a cada testigo se le había prohibido salir del país por orden del presidente Maduro. 
Posteriormente, el demandante ofreció que los testigos podían hacer su deposición desde Venezuela mediante videollamadas pero los acusados no aceptaron esta propuesta porque, basándose en la orientación del Departamento de Estado y las objeciones de Venezuela a la Convención de La Haya, sería una violación de la ley venezolana tomar una deposición voluntaria que no sea aprobada de conformidad con la autoridad  central venezolana y en el contexto del sistema judicial de ese país. 
Seguidamente, y una vez que se extendió el plazo, el demandante intentó remediar sus fallas fatales de evidencia mediante la solicitud para presentar varios documentos “recién creados” y testigos “recién encontrados”. 
La jueza Otazo-Reyes rechazó estos intentos de última hora asegurando que los mismos buscaban “rellenar la ausencia de evidencias para sostener la legitimidad de la creación y legitimidad del fondo”.  Luego de más de un mes del cierre del Descubrimiento, y de casi siete semanas después de que el apelante canceló la deposición de Muñoz, intentaron por primera vez presentar un “reconocimiento de la firma” de Muñoz, supuestamente firmado por Muñoz ese mismo día. 
En la víspera de la audiencia permanente, el apelante ofreció a un testigo nuevo nunca revelado, Marcos Alejandro Rojas Marchena, quien supuestamente acababa de ser nombrado administrador de PDVSA para reemplazar a Arellano, quien había desaparecido meses antes. 
La jueza Otazo-Reyes negó que al fondo esa posibilidad. 

Después del primer día de la audiencia, el demandante intentó presentar un supuesto “reconocimiento” de su firma del acuerdo de Fideicomiso por parte de Nelson Martínez,  quien supuestamente lo había ejecutado el día anterior en una prisión militar venezolana.

Debido al momento y las circunstancias de su intento de introducción, se excluyeron esas tres pruebas. 


La evidencia presentada en la audiencia permanente fue la siguiente:

(1) el Contrato de Fideicomiso para la introducción de pruebas, junto con ciertas pruebas que pretenden autenticarlo, y 


(2) el testimonio de un testigo experto en derecho venezolano.

El demandante intentó autenticar e introducir el Acuerdo de Fideicomiso a través del testimonio de George Carpinello (un abogado de Boies Schiller), Ruth Brayer (una experta en escritura a mano) y Marcos Rojas Marchena, supuesto “reemplazo” de Arellano.

El demandante también trató de introducir correos electrónicos en los que supuestamente se intercambiaron borradores del Acuerdo de Fideicomiso con representantes del gobierno venezolano.
La jueza Otazo-Reyes prohibió a Carpinello testificar bajo la regla del testigo defensor, pero permitió una declaración de su testimonio,  en el cual principalmente relató su experiencia en el envío y recepción de los borradores del acuerdo.

La jueza también prohibió a Rojas Marchena testificar después del aviso de último minuto del demandante y de no presentarlo para una deposición.

La experta en escritura a mano, Ruth Brayer, declaró que había “comparado” las supuestas firmas del Acuerdo de Fideicomiso de Martínez, Muñoz y Arellano a los “ejemplares”, pero su metodología planteó serias dudas sobre la fiabilidad de sus análisis.

Finalmente, el demandante llamó al profesor Rogelio Pérez Perdomo para testificar en temas de derecho venezolano. Pérez admitió que no estaba calificado para testificar sobre las leyes administrativas o de hidrocarburos de Venezuela que se aplicaron a PDVSA y fueron -en parte- determinantes para determinar la legalidad del supuesto acuerdo de transferencia de poder.


El profesor Pérez testificó que “bajo su análisis del derecho constitucional general, el Acuerdo de Fideicomiso no requirió la aprobación de la Asamblea Nacional y que Martínez y Muñoz sí tenían la autoridad para firmar el Acuerdo de Fideicomiso”. 

Los acusados se opusieron a la admisión del Acuerdo de fideicomiso como prueba, argumentando que el demandante no había establecido la autenticidad del documento o la autenticidad de las firmas del documento, que fue objeto de una moción de sanciones pendiente en ese momento, y que debería excluirse porque los acusados no pudieron deponer a ningún testigo de PDVSA con  conocimiento personal del documento, su creación, la autenticidad de las firmas, o las circunstancias bajo las cuales supuestamente se creó.
El juez se reservó el fallo sobre la admisibilidad del Acuerdo de Fideicomiso.

Los apelados presentaron dos expertos en derecho venezolano: los profesores José Ignacio Hernández y Rafael Badell Madrid. En contraste con el experto del demandante, Hernández y Badell Madrid fueron considerados calificados en varios temas, incluyendo, respectivamente, las leyes administrativas y de hidrocarburos de Venezuela.

Testificaron que, entre otros, los firmantes del Acuerdo de Fideicomiso carecían de autoridad legal para celebrar dicho acuerdo en nombre de PDVSA y que dicho acuerdo delegó indebidamente a terceros la investigación requerida de daños a la propiedad pública. 
La recomendación del juez  y la decisión del tribunal de distrito
El 5 de noviembre de 2018, el juez Otazo-Reyes recomendó desestimar la demanda por falta de legitimación del acuerdo, confirmando que el demandante no había logrado autenticar la creación del fondo.
En segundo lugar, el apelante “no pudo apoyar su afirmación de que tiene una asignación válida de PDVSA al no cumplir con el descubrimiento permanente”, lo que justifica la exclusión del Acuerdo de Fideicomiso como una sanción de descubrimiento. 
Tercero, habiendo pretendido crear el fideicomiso bajo la ley de Nueva York, el fondo violó la prohibición de la Ley Champerty de ese estado y por lo tanto recibió una asignación no válida.

Cuarto, el Acuerdo de Fideicomiso no logró cumplir con ciertos requisitos de la ley de fideicomisos de Nueva York para la creación de un fondo válido.
Quinto, el Acuerdo de Fideicomiso era inválido bajo Nueva Ley de York porque no pudo identificar suficientemente su cuerpo constitutivo. 
Sexto, la supuesta asignación no era válida, según la ley venezolana, porque los supuestos signatarios del gobierno venezolano carecían de autoridad legal para asignar los reclamos en nombre de PDVSA y no cumplieron con ciertos procedimientos legales venezolanos necesarios.
El demandante se opuso al fallo. 
El 8 de marzo de 2019, el Tribunal de Distrito adoptó en parte el informe y la recomendación de la jueza Otazo-Reyes y emitió sentencia para los demandados, concluyendo que el Fondo carecía de legitimación según el artículo III. App. 1788-1798. 
El tribunal de Distrito acordó que el apelante no pudo establecer que el Acuerdo de Fideicomiso fuera admisible porque no pudo autenticar tres firmas clave, incluida la de “cualquier persona con autoridad para tomar medidas en nombre de PDVSA “, a través del testimonio de los firmantes, el abogado del Litigation Trust o su experto en escritura a mano. 
El Tribunal de Distrito también acordó que el US Litigation PDVSA Trust no podría, sin un Acuerdo de Fideicomiso autenticado, establecer la posición del Artículo III App. 1807–08. Si bien el Tribunal de Distrito “reconoció  las reiteradas violaciones de descubrimiento por parte del Demandante, a menudo seguidas de dudosas excusas”, el juez  no adoptó la decisión recomendada por el magistrado Otazo-Reyes que excluye el Acuerdo de Fideicomiso como una sanción, señalando que la cuestión era “discutible, ya que el Tribunal considera inadmisible el Acuerdo de Fideicomiso”.
El Tribunal de Distrito también sostuvo que no había una asignación válida que podría respaldar la posición del Apelante según el Artículo III, porque la supuesta asignación en el Acuerdo de Fideicomiso, realizada con el propósito principal del litigio sobre las reclamaciones de PDVSA no era válido según la ley de Champerty de Nueva York.
El Tribunal no cumplió con las dos leyes alternativas de Nueva York, motivos por los cuales el juez magistrado anuló el acuerdo de fideicomiso.
El Tribunal de Distrito también se negó a pronunciarse sobre las cuestiones de derecho venezolano, pero señaló que la resolución de la Asamblea Nacional, que denuncia la confianza del litigio como inconstitucional bajo la ley venezolana,  apoya el despido del mismo bajo los principios de cortesía. 
El Tribunal de Distrito no llegó al argumento de la pregunta sobre las circunstancias políticas de Venezuela argumentadas por los acusados, porque el Juez se había reservado el juicio al respecto.

Luego del fallo el demandante introdujo el recurso de Apelación en la Corte de Apelaciones de Atlanta. Frente al recurso, los acusados sostienen que el Tribunal de Distrito desestimó correctamente la demanda en este caso porque  el demandante carecía de legitimación, y que por tanto, la Corte de Apelaciones no debe perturbar la decisión del Tribunal de Distrito de que el demandante, ahora apelante no pudo probar, con evidencia admisible, que estaba autorizado para actuar en nombre de PDVSA. 


Agregan que el Tribunal de Distrito excluyó el Acuerdo de Fideicomiso porque el Apelante no autenticó las firmas en el Acuerdo o el Acuerdo en sí, a pesar de las numerosas oportunidades que tuvo para hacerlo. “La Corte de Distrito no estuvo cerca de abusar de su discreción sobre estas decisiones probatorias”. En cualquier caso, incluso si se hubiera admitido el Acuerdo de Fideicomiso, habría sido insuficientes para establecer una asignación válida, legal y autorizada.

Segundo- sostienen los acusados (apelados) en su moción- que sí hubiera ocurrido una asignación autorizada, el Tribunal de Distrito dictaminó correctamente que la misma violaría la prohibición de Champerty de Nueva York.
Tercero, la desestimación de la demanda del Tribunal de Distrito puede afirmarse por varios motivos alternativos. El Acuerdo de confianza no fue “reconocido por la persona firmante para establecer el fideicomiso “a través de un certificado de reconocimiento notariado como lo exige la ley de Nueva York. Además, las reclamaciones supuestamente asignadas no están “suficientemente designadas o identificadas para permitir el título de la propiedad para pasar al administrador”, como también lo exige la ley de Nueva York.

Por último, la cuestión política. La doctrina excluye una decisión del apelante porque considera la asignación válido requeriría una interferencia inadmisible por parte del poder judicial en cuestiones de diplomacia extranjera reservadas para el ejecutivo. 

En la próxima entrega les daremos detalles de la moción de respuesta de US Litigation PDVSA Trust donde pide al tribunal de Apelaciones de Atlanta que revoque el juicio del tribunal del Distrito Sur de la Florida y que el caso contra los acusados sea remitido para continuar con los procedimientos de rigor.





Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *